Ni amnistía ni Ley 14/2013 — las vías estándar de residencia para quien ya está en España o planea trasladarse por la vía ordinaria.
Antes de empezar: necesita NIE
Si aún no lo tiene, rellene gratis el formulario EX-15 en línea y consulte cómo obtenerlo, incluso desde el extranjero.
Elija su situación
Por cuenta ajena — formulario EX-03
Residencia y autorización de trabajo con un empleador español (arts. 72–73 RD 1155/2024). Tras la renovación: 4 años sin limitaciones (art. 81).
Cuenta propia — autónomo, formulario EX-07
Autorización inicial: 1 año, limitada a una región y un sector de actividad (arts. 83–84). Tras la renovación: 4 años (art. 87).
Arraigo — formulario EX-10
Cinco vías: sociolaboral, social, socioformativo, segunda oportunidad, familiar (art. 125). Normalmente exige 2 años de permanencia en España (art. 126.b), salvo el arraigo familiar.
Sin trabajar — no lucrativa, formulario EX-01
Residencia con medios propios, sin derecho a trabajar. Visado en consulado, arts. 61–64 RD 1155/2024. Calculadora de medios y plazos.
Reagrupación familiar — formulario EX-02
Residencia para los familiares de una persona extranjera residente en España (arts. 65–71 RD 1155/2024). Requisitos de quien reagrupa, residencia independiente, renovación y generador del formulario.
Familiar de ciudadano de la UE — formulario EX-19
Tarjeta de residencia para el familiar de un ciudadano de otro Estado de la UE/EEE que vive en España (RD 240/2007). Régimen comunitario, distinto de la reagrupación familiar.
Larga duración — formulario EX-11
Residencia permanente (nacional o UE) tras 5 años de permanencia legal continuada (larga duración-UE: arts. 175–181; nacional: arts. 182–185).
Los requisitos de cada vía — contrato, ingresos, ausencias, situación nacional de empleo — se detallan en el propio formulario y no pueden resumirse aquí en una sola cifra: dependen del caso concreto y se verifican con el texto literal de la norma.