NIE desde el extranjero: en el consulado o mediante poder

El NIE (número de identidad de extranjero) se puede obtener sin viajar a España. La solicitud se presenta en un consulado de España en el extranjero o bien, en España, ante una Oficina de Extranjería o una Comisaría de Policía. Puede presentarla usted mismo o a través de un representante.

El NIE sirve para identificar al extranjero, pero no le da derecho a residir en España. Así lo advierte expresamente, por ejemplo, el consulado de España en Stuttgart.

Vía 1. En persona en el consulado

La solicitud se presenta mediante el formulario EX-15, que debe rellenar y firmar usted mismo. Debe aportar el formulario y el pasaporte (original y copia de cada uno) y la documentación que justifique el motivo por el que necesita el NIE.

Puede rellenar el formulario EX-15 en línea y descargarlo en PDF, listo para imprimir y firmar: formulario EX-15 (NIE) en línea.

Cada consulado decide cómo atiende al público, en qué plazo asigna el número y cómo lo entrega. Por ejemplo, en el consulado de Stuttgart la cita previa es obligatoria, el plazo orientativo es de unas 4 a 5 semanas y el número se envía por correo electrónico. En su consulado, el procedimiento puede ser distinto.

Vía 2. A través de un representante

Si no puede acudir en persona, puede presentarla un representante en su nombre. También en este caso, el formulario EX-15 lo rellena y lo firma el propio solicitante. Los datos del representante se consignan en el segundo apartado del formulario, y en el campo «Título» se indica el fundamento de la representación.

El representante debe disponer de un poder que le faculte expresamente para presentar la solicitud de NIE. En sus instrucciones sobre el EX-15, el consulado de España en Bruselas indica: «poder suficiente en el que conste de forma expresa que se le faculta para presentar tal solicitud». Compruebe que su poder recoge esa facultad de forma expresa. Si está redactado en términos genéricos, consulte previamente al consulado o al organismo si lo admitirán.

Los requisitos formales del poder también varían. El consulado de Stuttgart solo admite poderes protocolizados notarialmente; no son válidos los documentos privados ni la simple legitimación de firma. Además, el poder debe llevar la apostilla y una traducción al español realizada por un traductor-intérprete jurado. En otros consulados, o si la solicitud se presenta en España, los requisitos pueden ser distintos, así que confírmelos con el organismo ante el que vaya a presentarla.

Qué comprobar antes de presentar la solicitud

Consulte la página web de su consulado u organismo y compruebe: si hace falta cita previa y cómo obtenerla; si hay que pagar una tasa y de qué forma; si se admite la presentación a través de representante y qué forma debe tener el poder; si los documentos y el poder necesitan apostilla y traducción, y cómo y en qué plazo le comunicarán el número.

Si no tiene claro qué vía le conviene, escríbanos por WhatsApp al +34 743 071 481. Las consultas breves por WhatsApp son gratuitas.

En resumen

Si puede acudir al consulado, presente la solicitud en persona. Si no puede, hágalo a través de un representante con un poder que le faculte expresamente para presentar la solicitud de NIE. Confirme con antelación los requisitos de forma del poder, de apostilla y de traducción con el organismo ante el que vaya a presentarla.

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