Regularización 2026 · antecedentes penales

Certificado de antecedentes penales: todo lo que debes saber

El certificado de antecedentes penales es uno de los documentos que más tarda. Solicítalo en primer lugar: a veces lleva semanas. Vemos de dónde obtenerlo, cómo comprobar su vigencia y qué hacer si no llega a tiempo.

En resumen

Necesitas el certificado de antecedentes penales del país de origen y de cada país en el que hayas residido durante los últimos 5 años anteriores a tu entrada en España. El de España no hay que solicitarlo: lo comprueba la propia Administración. Consulta su vigencia en el organismo que la emite.

Plazo de presentación cerrado el 30 de junio de 2026. El plazo previsto en las DA 20ª y 21ª (DA 20ª del Reglamento, introducida por el RD 316/2026, apartado 6) ha vencido. El texto siguiente describe el procedimiento solo a título informativo.

1De qué países se necesita

El solicitante debe aportar el certificado de antecedentes penales (o documento equivalente) expedido por las autoridades de:

  • el país de origen;
  • cada país en el que haya residido durante los 5 años anteriores a la fecha de entrada en España.
Residir ≠ turismo. Se refiere a los países donde realmente has vivido, no a viajes cortos.

2El de España NO se solicita

Lo hace la Administración de oficio

Los antecedentes en España los comprueba la propia UTEX (Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería). De oficio recaba el informe del Registro Central de Penados, el de las bases de datos de la UE y un informe policial. Estos informes se emiten en el plazo de 15 días.

No tienes que aportar el certificado español por tu cuenta.

3Vigencia del certificado

Consulta su vigencia en el organismo que la emite. Vigila que no caduque antes de la fecha de presentación. Si tardaste en presentar la solicitud, es posible que debas volver a pedirlo.

4Si no te ha llegado a tiempo

La norma prevé un mecanismo alternativo. Si no has podido obtener el certificado, puedes presentar la solicitud con una copia de la petición del certificado (justificante de solicitud), una declaración (Anexo I-1) y una autorización (Anexo I-2) para que las autoridades españolas lo pidan por vía diplomática. El Anexo I-2 se presenta en español y en el idioma del país; si el idioma del país no es el español, el Anexo I-1 se traduce por un traductor jurado.

Plazo clave: 1 mes. El mecanismo de la vía diplomática se activa cuando ha transcurrido un mes desde tu solicitud del certificado sin respuesta de las autoridades de tu país.

Este mecanismo es idéntico en ambos procedimientos: EX-31 (DA 20ª) y EX-32 (DA 21ª).

Cómo funciona, paso a paso:

Paso 1

Solicitas el certificado

Presentas la petición ante las autoridades de tu país (o del país de residencia en los últimos 5 años).

Tras 1 mes

Pasa 1 mes sin respuesta

Si en un mes no hay respuesta, presentas la solicitud con el justificante + declaración (Anexo I-1) + autorización (Anexo I-2).

Vía diplomática

La UTEX lo solicita a través del Ministerio

La UTEX pide al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que lo recabe por vía diplomática, a través de las Misiones Diplomáticas de España.

Hasta 3 meses

El procedimiento se suspende

La tramitación se suspende un máximo de 3 meses mientras se gestiona esta petición.

+ 15 días

Si en 3 meses no se ha recibido

Si en ese plazo el Ministerio no ha recibido el certificado, la Administración te lo comunica y te requiere para que, en 15 días, lo aportes tú mismo.

En caso contrario

Se te tiene por desistido

Si en esos 15 días no lo aportas, se te tendrá por desistido de tu solicitud.

Plazos clave de un vistazo: 1 mes: activa la vía diplomática 3 meses: suspensión máxima 15 días: plazo para aportarlo

5Traducción y legalización

El certificado extranjero puede requerir apostilla o legalización consular + traducción jurada al español. Depende del país:

País de expediciónQué se requiere
UEApostilla o legalización + traducción jurada. Excepción: según el Reglamento (UE) 2016/1191 (art. 2.1.m) no hace falta apostilla solo si el certificado lo expidió el Estado de la UE del que la persona es nacional y a un ciudadano de la Unión.
Convenio de La HayaApostilla + traducción jurada
Otros paísesLegalización consular + traducción jurada
Los requisitos exactos dependen del país concreto y de los convenios con España. Si tienes dudas, confírmalos antes de pedir el certificado para no traducir dos veces.

6Si tienes antecedentes

Requisito y valoración caso por caso

Carecer de antecedentes penales es un requisito (DA 20ª y DA 21ª del Reglamento, introducidas por el RD 316/2026, apartado 1, letra f). Sobre el informe policial, la norma dispone que la existencia de antecedentes en ese informe no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación, y que el órgano competente valorará cada caso de forma casuística y circunstanciada (letra g). Es un punto delicado: recomendamos encarecidamente una consulta antes de presentar la solicitud para valorar tu situación concreta.

7Lista de acciones

  • Solicita el certificado lo primero: es lo que más tarda.
  • Reúne los certificados del país de origen y de cada país de residencia en 5 años.
  • No solicites el certificado español: lo comprueba la UTEX.
  • Consulta la vigencia del certificado en el organismo que lo emite, respecto a la fecha de presentación.
  • Si no llega a tiempo, prepara el justificante + Anexo I-1 + Anexo I-2 (el umbral es 1 mes sin respuesta).
  • Confirma la apostilla/legalización + traducción jurada según tu país.
  • Si tienes antecedentes, acude antes a una consulta.

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