Apostilla, legalización y traducción de documentos

Los documentos extranjeros (certificado de antecedentes penales, de matrimonio, de nacimiento, etc.) deben, por regla general, legalizarse y traducirse antes de que se admitan en España. Vemos las tres vías según el país, el orden correcto y, aparte, un matiz importante sobre los certificados consulares.

Plazo de presentación cerrado el 30 de junio de 2026. El plazo previsto en las DA 20ª y 21ª (DA 20ª del Reglamento, introducida por el RD 316/2026, apartado 6) ha vencido. El texto siguiente describe el procedimiento solo a título informativo.

El principio clave

Todo documento público extranjero debe, por regla general, estar autenticado (apostilla o legalización consular) y traducido al español por un traductor jurado (traducción jurada). Qué vía de autenticación corresponde depende del país que expidió el documento. Las excepciones, por ejemplo los documentos de la UE, se describen más abajo.

1Para qué sirve

La Administración española no puede comprobar directamente la autenticidad del sello y la firma de una autoridad extranjera. Por eso el documento pasa por un trámite que confirma oficialmente: «este documento es auténtico y lo expidió la autoridad competente». Eso es la legalización (en sentido amplio). Tiene dos vías principales:

  • Apostilla: un sello simplificado. Se pone en el país que expidió el documento. Funciona entre los países del Convenio de La Haya de 1961.
  • Legalización consular: una cadena más larga, a través del Ministerio de Exteriores del país y el consulado de España. Para países fuera del Convenio de La Haya.

Además, la traducción jurada es un paso obligatorio aparte si el documento no está en español.

2Tres vías, según el país

Lo que necesitas depende del país que expidió el documento:

País de expediciónQué se requiere para la autenticidad
Países de la UESolo hay que autenticar (apostilla/legalización) los documentos a los que no se aplica el Reglamento (UE) 2016/1191: para los documentos incluidos en él queda suprimida (condiciones debajo). Para el resto de documentos de la UE hacen falta apostilla o legalización. En los documentos incluidos, la traducción solo hace falta si no hay formulario multilingüe.
Convenio de La Haya
(Ucrania, Rusia, Georgia, Armenia y muchos más)
Apostilla en el original (se pone en el país de expedición) + traducción jurada al español.
Otros países
(fuera del Convenio de La Haya)
Legalización consular (Exteriores del país → consulado de España) + traducción jurada.
Conviene confirmar de antemano la lista exacta de países del Convenio de La Haya y los requisitos del país concreto: influye en los plazos y en el orden de los pasos.

Documento de un país de la UE: en detalle

Con los documentos de países de la UE es más sencillo de lo que parece, pero no siempre sobra la apostilla. El Reglamento (UE) 2016/1191 (art. 4) suprime la apostilla y la legalización solo para los documentos que enumera su art. 2.1 (nacimiento, matrimonio, defunción, antecedentes penales, entre otros) y con condiciones:

  • No hace falta apostilla ni legalización para los documentos del art. 2.1 del Reglamento (UE) 2016/1191 expedidos por las autoridades de un Estado miembro: esa autenticación está suprimida.
  • Antecedentes penales: solo si el certificado lo expidió el Estado miembro del que la persona es nacional y a un ciudadano de la Unión (art. 2.1.m). Si no se cumple, hacen falta apostilla o legalización.
  • El resto no está exento: los documentos que el Reglamento no enumera y los de terceros países (art. 2.3) siguen el régimen general, salvo que otro convenio lo suprima.
  • La traducción, por regla general, solo hace falta si no hay formulario multilingüe. Si lo hay, normalmente tampoco necesitas traducción (art. 6.1.b); decide el organismo.

¿Qué es el formulario multilingüe (impreso estándar multilingüe)? Es un anexo estándar que expide el mismo organismo del país de la UE junto con el documento. Reproduce los mismos datos en todas las lenguas oficiales de la UE (incluido el español). Si va adjunto, normalmente no se requiere traducción aparte.

Por eso, al pedir el documento en el país de la UE, solicita directamente el formulario multilingüe. Si no te lo dan, para un documento al que se aplica el Reglamento la apostilla sigue sin ser necesaria: basta con una traducción jurada al español.

3El orden correcto de los pasos

El orden importa: si traduces el documento antes de la apostilla, la traducción puede quedar incompleta y habrá que rehacerla.

  • Obtienes el original en el país de expedición (por ejemplo, el certificado de antecedentes penales).
  • Pones la apostilla en el original (en el país de expedición) o haces la legalización consular, según el país.
  • Haces la traducción jurada del documento ya legalizado, para que la traducción incluya el documento y el sello de la apostilla.
  • Adjuntas al paquete el original (legalizado) + la traducción jurada.
Recuerda el orden: primero la legalización (apostilla), después la traducción. No al revés.

4Traducción jurada

No vale cualquier traducción

Hace falta una traducción jurada: la realiza un traductor acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC). Una traducción de agencia «sin sello de traductor jurado» no se admite.

  • El traductor figura en la lista oficial del MAEC (traductor jurado).
  • La traducción está firmada y sellada por el traductor jurado.
  • Traducción normal o automática sin sello jurado.

La traducción debe ser completa, incluyendo el sello de la apostilla y todos los sellos del documento.

5El certificado del consulado: un matiz importante

Algunas personas acuden al consulado de su país en España para pedir un certificado. Antes de pedirlo, aclara qué documento exige tu trámite y quién debe expedirlo.

El tipo de certificado depende del trámite. Antes de usar un certificado expedido por el consulado, comprueba si se admite para tu caso.

Cómo no equivocarte

  • El certificado lo expide la autoridad competente del país (por ejemplo, el Ministerio de Justicia o el de Interior).
  • Los requisitos del tipo de certificado se comprueban para tu trámite antes de pedirlo.

Si tienes dudas, acláralo antes de traducir y presentar.

Atención: la legalización consular (autenticación del documento por el consulado de España) es otra cosa y es una vía válida. No la confundas con «un certificado expedido por el consulado de tu país».

6Validez

El plazo de validez y los requisitos de fecha del certificado dependen del trámite para el que lo pides. Compruébalos antes de pedirlo.

Pide el certificado con margen: ten en cuenta el tiempo de apostilla y traducción para que siga vigente en el momento de presentarlo.

7Lista de comprobación

  • Identificada la vía según tu país: UE / La Haya (apostilla) / otros (legalización consular).
  • Primero la legalización (apostilla), después la traducción: no al revés.
  • Traducción jurada, con traductor de la lista del MAEC.
  • Traducción completa, incluido el sello de la apostilla.
  • El certificado lo expide la autoridad competente del país, y su tipo está comprobado para tu trámite.
  • El plazo de validez está comprobado para la fecha de presentación.
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